La ‘Declaración de Utilidad Pública’ es un reconocimiento otorgado por el Ministerio del Interior a Corazón y Manos por la importante labor social que realizamos en nuestro ámbito de actuación.
Tan sólo un pequeño porcentaje de las asociaciones registradas en España conforme a la ‘Ley de Asociaciones’ (Ley Orgánica 1/2002) posee esta distinción. Es, por tanto, un sello que aporta prestigio a nuestra entidad y demuestra la eficacia, transparencia y buenas prácticas de Corazón y Manos ante la sociedad.
No todas las ONG pueden ser declaradas de utilidad pública. Para obtener este reconocimiento, deben cumplir una serie de requisitos recogidos en la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, que regula del Derecho de Asociación. Entre las condiciones que deben cumplirse destacan:
¿Qué beneficios supone?
Algunos de los principales derechos que otorga la declaración de utilidad pública son:
¿Qué obligaciones tenemos como asociación de utilidad pública?
Para disfrutar de las ventajas de este reconocimiento, hay que hacer las cosas bien. Entre las obligaciones que debemos cumplir se encuentran:
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